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Goles y apagones
Resumen de Prensa Enervía, viernes, 30 julio 2004
FUENTE:
Expansión - Por Manuel Santos
Un juez de Roma ha condenado a la cadena de televisión italiana Telepiu, actualmente integrada en el grupo Sky, a pagar una indemnización de 778 euros en concepto de “daños morales”, más 500 euros de costas del juicio, a un hincha que se perdió un gol de su equipo por un fallo en la conexión. Carlo Rienzi, que así se llama el aficionado, se reunió con unos amigos y pagó 15 euros para ver el partido Juventus-Milan, transmitido en ‘pago por visión’, el 10 de noviembre de 2002; pero la señal llegó con el juego comenzado y el delantero Di Vaio ya había marcado un gol que no pudo ver en directo.
La noticia resulta divertida y veraniega pero, si seguimos leyendo, ni el juez ni el aficionado parecen estar jugando. El demandante es el presidente de la asociación de consumidores italiana Codacons. A las 8,20 horas marcó los códigos para poder ver el partido; al no llegar la señal llamó por teléfono a las 8,30 y le confirmaron que el servicio había sido contratado, pero la imagen no pudo verse en su televisor hasta las 8,45, momento en el que ya se habían producido el gol y los daños morales.
El juez de Paz Francesco d’Alessandro sentencia con claridad que las cadenas de televisión son responsables por la interrupción de un servicio contratado regularmente, y que debe prestarse con puntualidad. Rienzi está contento, pero recuerda que la asociación de consumidores recibió muchas quejas de otros usuarios y le hubiera gustado entablar una demanda conjunta con todos los perjudicados, fueran de la Juve o del Milan. La sentencia es un importante precedente a la hora de establecer por ley las obligaciones de las compañías de servicios públicos ante fallos en el suministro. (Pueden ver más detalles del caso en http://www.codacons.it).
¿Y si se hubiera perdido el mismo gol por un apagón? Este verano estamos sufriendo varios, los últimos en Sevilla y Cádiz, y es difícil pensar que el aumento de consumo ante el calor del verano es un imprevisto para las compañías eléctricas. ¿Cuánto vale una tarde de verano sin frigorífico ni aire acondicionado? Las asociaciones de consumidores recuerdan a los perjudicados que pueden reclamar una indemnización por el suministro no recibido, aparte de los daños demostrados en electrodomésticos o alimentos estropeados.
La legislación española prevé compensaciones por lo que eufemísticamente se llama “incumplimiento de la calidad del servicio”: cuando entre en vigor, en enero de 2005, si el usuario ha estado más de seis horas al año sin suministro, se le descontarán en las facturas del año siguiente cantidades en concepto de indemnización, que no pueden superar el 10% de su facturación anual por consumo.
Aparte de las sanciones que las Administraciones impongan a las compañías, las indemnizaciones concretas a los usuarios perjudicados son la mejor manera de asegurar que se acometan las inversiones necesarias para garantizar el suministro. Porque, por muy veraniego que suene lo de los “daños morales”, de lo que estamos hablando es de dinero, y eso lo han entendido bien tanto el juez como el aficionado italiano.
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