CONSEJO DE MINISTROS APROBARÁ DECRETOS PARA LIBERALIZACIÓN TOTAL DE LA ENERGÍA EN ESPAÑA

Resumen de Prensa                   Enervía, Viernes 27 de Diciembre de 2002

FUENTE: El Periódico, 5Dias, Expansión, La Razón

 

Para que entren en vigor el 1 de enero de 2003, coincidiendo con el inicio de la liberalización total del mercado, el Consejo de Ministros aprobará los siguientes Reales Decretos:

- RD sobre Metodología de Tarifas.
- RD sobre Tarifas Eléctricas 2003 (aplicación del anterior).
- RD sobre elegibilidad en el sector eléctrico
- RD sobre elegibilidad en el sector gasista

RD de Tarifas Eléctricas 2003


- Subida media del recibo de la luz del 1,69% (1,5% para hogares y 2% para comercios e industrias y otros consumidores) para los clientes regulados, es decir, aquellos que "supuestamente" prefieran seguir pagando más por la electricidad (a través de pólizas de abono) con las tradicionales empresas distribuidoras.

- Subida media de las tarifas de acceso a redes eléctricas de distribución y transporte del 1,95% (1,5% para hogares y 2% para comercios e industrias y otros consumidores).

- Asignación de 529,3 millones a la moratoria nuclear.

- Asignación de CTCs (Costes de Transición a la Competencia): 297,7 millones de euros de CTC's por cobrar en 2003 + 233,8 millones de euros por CTCs no cobrados durante 2000-2002 (déficit tarifario).

- El déficit tarifario se pagará linealmente desde 2003 hasta 2010. Esta tarta se repartirá así: Endesa 43,22%, Iberdrola 34%, Unión Fenosa 11,7%, Viesgo 4,59%, Hidrocantábrico 4,28% y Elcogás 2,21%.

El Gobierno ha basado sus cálculos en una previsión de aumento de la inflación del 2% y de la demanda del 3,4%. Las tarifas de 2003 serán las primeras fijadas según la nueva metodología, que incluye una subida máxima de hasta el 2% anual para esta década.

RD de Elegibilidad en Gas y Electricidad


Estas normativas contienen los procedimientos a seguir para cambiar de distribuidor (cuando el cliente abandone las tarifas máximas reguladas) o de comercializador (en el caso de que ya se encuentre liberalizado), así como los cambios de sistemas de medición. En el caso del gas, sólo se regularán los procedimientos para cambiar de suministrador.

A partir del 1 de enero, en teoría, más de medio millón de PYMES y más de 21 millones de clientes del servicio eléctrico y 4 millones de clientes del gas van a poder elegir suministrador. Según el secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial y Pymes, José Folgado:

- Muy pocos consumidores domésticos cambiarán de compañía eléctrica.
- Desde que en 1998 el Gobierno abrió la posibilidad de elegir suministrador a las grandes empresas, sólo unas 30.000 de las 75.000 que podían hacerlo optaron por acudir al mercado liberalizado. El resto siguen sometidas a tarifa regulada.
- Las que están en el mercado libre representan el 30% del consumo de electricidad.
- Con la entrada en el sistema libre de 21 millones de consumidores, el porcentaje no subirá más de nueve puntos en 2003.
- Las experiencias sueca y británica demuestran que las familias "NO se lanzan en masa" a cambiar de suministradora.
- En el Reino Unido apenas cambiaron el 5% de compañía el primer año.
- Los usuarios deberán solicitar por escrito su deseo de cambiar de suministradora.
- El traslado será efectivo en unos 15 días después de esa solicitud.
- Al principio pueden producirse fallos en la operativa.
- Existirá un teléfono de atención al cliente para solucionar problemas.
- El ahorro que experimentarán estos consumidores no será muy grande, pese a que los comercializadores eléctricos lanzarán ofertas para atraer clientes.


La directora general de Política Energética, Carmen Becerril, enfatizó que:

- los hogares o consumidores domésticos (unos 21,4 millones) tendrán la opción de elegir compañía suministradora (distinta a la distribuidora) sin necesidad de cambiar los contadores de la luz.
- Las PYMES (unas 500.000) dispondrán de 2 años para pasar a la facturación a periodos horarios. En este caso, los sistemas de medición de la energía (kWh) con contadores por periodos tarifarios (punta, llano y valle, o punta y resto) y los de la potencia máxima con maxímetros seguirán siendo válidos.
- Los contratos que permitirán el cambio de compañía tendrán una duración mínima de un año, si bien podrán rescindirse en casos extremos como morosidad o la deficiencia del suministro.
- En cualquier caso, el sistema está diseñado para que "el consumidor final casi no tenga que intervenir, sino que se pongan en contacto las dos compañías afectadas", explicó.
- Además, siempre existirá el sistema de tarifas reguladas.

Se ha establecido una potencia contratada de 15 kW como umbral para tener que cambiar de contador. Los hogares oscilan entre los 3,5 y 15, lo que dejará a más de 21 millones de consumidores fuera de esa obligación. De 15 kW para arriba, tendrán que sustituir el contador, tal como establece en la actualidad la ley para los grandes consumidores (sistema de medición Tipo 3: medidas horarias sin la obligación de telemedida). El potencial ahorro para un cliente doméstico tipo "no justificará, por sí mismo, grandes gastos en equipos ni procesos de lectura".

Descubra los potenciales ahorros que ofrece el mercado liberalizado con la entrada en vigor de la nueva normativa.
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