ÚLTIMOS ACUERDOS ADOPTADOS SOBRE EL MIBEL

Resumen de Prensa            Enervía, viernes, 21 noviembre 2003

FUENTE: Mº Economía


Los responsables de energía de Portugal y España han venido trabajando en el diseño de la estructura del MIBEL. De las conclusiones de las reuniones que publicamos en Enervía, destacamos los siguientes puntos:

-Creación de un operador del mercado a plazo, funcionando en Portugal, y un operador del mercado de contado, en España, que se fusionarán después de dos años de iniciadas sus actividades.

-La remuneración de los operadores (y también de su integración) se conseguirá mediante el cobro de comisiones a los participantes, con un periodo intermedio de financiación mediante la tarifa eléctrica como se realiza con el OMEL, de la que se descontaría las comisiones cobradas y se devolvería mediante rebajas de tarifas.

-Se constituirá un comité de agentes de mercado representando a los tipos de las diferentes clases de participantes.

-No se da entrada a instituciones financieras que puedan realizar la labor de creación de mercado y la aportación de liquidez a los diferentes plazos de contratación, como ya sucede en mercado eléctricos desarrollados en el resto de Europa.

Las modalidades de contratación se dividen de la siguiente forma:

    *Mercado spot: equivalente al mercado diario e intradiario actual
    *Mercado a plazo: contratación en el mercado organizado para operaciones hasta un año
    *Contratación bilateral para operaciones con un plazo superior a un año

-Todas las operaciones estarán sujetas al pago / cobro de la garantía de potencia.

-Las posiciones abiertas en la contratación a plazo se traspasarán al mercado en el día n-2 al día de la entrega y se liquidarán por diferencias financieras contra la casación de OMEL.

-Los costes de restricciones y servicios de regulación se pagarán por los usuarios de cada sistema evitando subvenciones entre países.

-De versiones anteriores se han quitado dos puntos que no aparecen en este documento ahora hecho público:

-La realización de subastas implícitas de la interconexión por parte de operador del mercado spot (el actual OMEL) que hubiera realizado la casación sin tener en cuenta las restricciones de la interconexión

-La liquidación y gestión de riesgos independientes del mercado a plazo y el mercado spot.



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