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VALORACIONES A LA DIRECTIVA DE EMISIÓN DE GASES
Resumen de Prensa Enervía, martes, 20 mayo 2003
FUENTE:
Estrella Digital, Comisión Europea
Representantes de la Administración e Industria Española, aprovechando un foro sobre el impacto de la política ambiental europea en la industria española, hacían repaso entre otras, a la directiva sobre emisión de gases de efecto invernadero. Directiva que tiene como fin el establecimiento de un régimen de comercio de derechos de emisión de gases que rentabilice económica y ambientalmente la reducción de emisión en la Comunidad Europea.
En la valoración que sobre la directiva realizaban dichos representantes, se estima que el coste de dicho comercio le supondría a la industria española en torno a los mil millones de euros anuales. Dentro de la directiva se establece un anexo en el que se registran las empresas que se verían afectadas por el control de emisiones, las cuales estarían entre 4000 y 5000.
España tiene la condición de reducir sus emisiones del 32% actual
hasta el 15% de las emisiones realizadas en 1990, previsto por la Comunidad
Europea para el 2012.
Por lo pronto, la directiva establece que a fecha de 1 enero de 2005 todas las empresas que estén incluidas en el anexo I deben disponer de un permiso de emisión de gases con efecto invernadero. Cada estado miembro deberá elaborar un plan nacional donde se determinará la cantidad total de derechos de emisión (derecho a emitir una tonelada de dióxido de carbono o cualquier otro gas de efecto invernadero equivalente durante un período determinado) delimitando el periodo de validez, así como el procedimiento de asignación de los mismos.
Para el establecimiento de dicho comercio, durante el primer periodo comprendido entre enero 2005-diciembre 2007, éstos se concederán de forma gratuita, mientras que para los periodos posteriores se establecerá por parte de la Comisión Europea un método equitativo de asignación de derechos. Para ello, los estados miembros deben garantizar la libre circulación de derechos de emisión dentro de la Comunidad Europea y presentar un informe anual sobre la aplicación de la directiva.
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